Micelio
Auto20 de febrero de 2014

A- de 2014

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Arnedys Payares Perez

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto cargos planteados son infundados y se pretende reabrir debate jurídico
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la sentencia T-218/12.

El recurrente aduce que la Sala Tercera de Revisión, al proferir la sentencia de la referencia, incurrió en las siguientes causales de nulidad: 1º.

Desconocimiento de la cosa juzgada constitucional. 2º.

Incongruencia. 3º.

Abstenerse de acumular la causa que fue resuelta mediante la sentencia T-218/12y aquella que fue finiquitada a través de la T-319ª/12. 4º.

No haber sido vinculado al proceso que finiquitó con la expedición de la sentencia cuestionada y, 5º.

Haber afirmado que en su quehacer como Juez de la República se incurrió en una actuación fraudulenta, cuando se expuso que todavía estaba pendiente de revisión el proceder de los jueces disciplinarios en el citado expediente de la T-319ª/12.

Luego del análisis de rigor encuentra la Sala Plena que los cargos formulados resultan infundados y en virtud de ello decide NEGAR la solicitud de nulidad presentada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NEGAR la solicitud de nulidad interpuesta por el senor Arnedys Payares Perez contra la Sentencia T-218 de 2012, proferida por la Sala Tercera de Revision, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. COMUNIQUESE la presente providencia al peticionario, con la advertencia que contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.